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MINISTERIO DEL TRABAJO HACE LLAMADO A EMPLEADORES DE LAS REGIONES DE O’HIGGINS A ADELANTAR CIERRE DE FAENAS LABORALES

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, hizo un llamado a los empleadores de la región de O’Higgins para adelantar la hora de cierre de las faenas laborales y así proteger la seguridad y vida de los trabajadores, dado el actual contexto climático.

“Hacemos un llamado a los empleadores y empresas del país, y en particular a los centros comerciales, a que adelanten la hora de cierre de sus faenas, ya que se hace difícil el traslado de los trabajadores a sus domicilios por las contingencias climáticas. Se hace necesario que, sobre todo ante la actual emergencia, pongamos la seguridad de las y los trabajadores en el centro de las preocupaciones”, dijo la secretaria de Estado.

Agregó que “ante la emergencia hemos visto una buena disposición por parte de los empleadores, pero creemos necesario profundizar el llamado para que ningún trabajador sea puesto en riesgo ante las dificultades que se pueden generar en el trayecto de regreso a sus hogares”.

Ley impide sanciones a trabajadores que no puedan concurrir a sus labores

Según explicó la Seremi del Trabajo y Previsión Social de O’Higgins, Doris Rodríguez Zavalla, el Código del Trabajo y el Decreto Supremo N° 594, del Ministerio de Salud, contienen artículos que protegen a trabajadores y trabajadoras enfrentados a situaciones imprevisibles e irresistibles, como este frente de mal tiempo, que les impiden cumplir normalmente con sus funciones. “En estos casos se aplica la causal de fuerza mayor a cualquier trabajador o trabajadora que producto de esta emergencia, no pueda concurrir a su lugar de empleo o bien llegue atrasado al mismo. Impidiendo a los empleadores incurrir en sanciones, descuentos o incluso su despido”, afirmó la Secretaria Regional Ministerial.

Respecto de las posibilidades de acogerse al teletrabajo, recordó que el artículo 206 bis del Código del Trabajo obliga a los empleadores en determinadas situaciones excepcionales, como catástrofe, ofrecer a trabajadores y trabajadoras a cargo de niños o niñas en etapa preescolar, esa modalidad, en la medida que la naturaleza de las funciones lo permita.

Además, existe la obligación de los empleadores de entregarles, libre de costos, a quienes están laborando los elementos de protección personal que los pongan a resguardo de accidentes o enfermedades.

“Tratándose de trabajadores y trabajadoras que trabajan expuestos a la lluvia o a situaciones de frío, la ley es muy clara: hay que establecer como entrega de los elementos de protección personal, la vestimenta adecuada, impermeable contra la lluvia y el frío, zapatos de seguridad y todos aquellos elementos que permitan que ese trabajador y trabajadora pueda desempeñar sus labores sin verse expuesto a situaciones que afecten su salud o su integridad física o psíquica”, enfatizó la propia Rodríguez Zavalla.

Sobre las sanciones que pueden recibir los empleadores que no protejan debidamente la vida y salud de sus trabajadores y trabajadoras, pueden llegar hasta las 60 Unidades Tributarias Mensuales, que a su valor de junio alcanzan los $3.795.780, dependiendo del tamaño de la empresa.

Cualquier denuncia puede realizarse al fono 600 450 4000 o en www.dt.gob.cl.

 

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