Actualidad Social

ACUERDO SOBRE INCREMENTO DEL INGRESO MÍNIMO, PROTECCIÓN FRENTE A LA INFLACIÓN Y PROMOCIÓN DEL TRABAJO DECENTE

Con fecha 25 de abril de 2022, el Ministro de Hacienda, don Mario Marcel Cullell, la ministra del Trabajo y Previsión Social doña Jeannette Jara Román, el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores, don David Acuña Millahueique y el Secretario General de la Central Unitaria de Trabajadores, don Eric Campos Bonta, declaran que:

  1. Ratifican su compromiso con la promoción y defensa del trabajo decente en consistencia con los principios de la OIT, entendido como un trabajo productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana, uno de cuyos componentes es la seguridad económica de trabajadoras y trabajadores, a través de ingresos adecuados que permitan atender las necesidades básicas de la persona trabajadora y de su familia.
  2. La Central Unitaria de Trabajadores valora la voluntad del Gobierno de impulsar un reajuste real del ingreso mínimo previo diálogo y acuerdo con los representantes del mundo de trabajo, coincidiendo, asimismo, en el propósito de alcanzar en el mediano plazo un ingreso mínimo que supere la línea de pobreza.
  3. La Central Unitaria de Trabajadores reafirma la necesidad de una reforma tributaria para Chile, así como también la urgente necesidad de un nuevo sistema de pensiones con base en los principios de la seguridad social, tal como lo indica el Convenio 102 de la OIT. Ambas reformas son imprescindibles para avanzar a un Chile más justo.
  4. El actual escenario económico caracterizado por una inflación elevada debido a factores internos y externos, que afectan en mayor medida a la población trabajadora más vulnerable del país obliga al Estado a adoptar medidas adicionales de protección social, con responsabilidad fiscal y teniendo a la vista las variables macroeconómicas y la incidencia de estas medidas, especialmente, en la micro y pequeñas empresas.
  5. En este marco se hace imprescindible garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de los trabajadores o trabajadoras considerando, variables como el aumento en el valor de la canasta básica de alimentos y su impacto en el nivel de consumo del grupo familiar del trabajador o trabajadora.

En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, se ha concordado lo siguiente:

Reajuste del Ingreso Mínimo

Proponer al Parlamento un reajuste del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años y hasta de 65 años, de $50.000 (cincuenta mil pesos) durante el año 2022, el que se pagará de la siguiente forma:

  1. A contar del 1 de mayo de 2022, se incrementará el ingreso mínimo mensual a $380.000 (trescientos ochenta mil pesos).
  2. A contar del 1 de agosto de 2022, éste se incrementará hasta $400.000 (cuatrocientos mil pesos)

En caso de que la inflación acumulada en 12 meses a diciembre de 2022 supere el 7%, el Ingreso Mínimo Mensual se incrementará a $410.000 (cuatrocientos diez mil pesos) a contar de enero de 2023.

El ingreso mínimo mensual para menores de 18 años y mayores de 65 años, así como el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales se reajustarán en las mismas proporciones y fechas.

El Estado otorgará una compensación transitoria a las micro, pequeñas y medianas empresas destinada a graduar la absorción del incremento real del ingreso mínimo mensual.

Incrementar en la misma proporción y fechas el Subsidio Único Familiar y la Asignación Familiar, esta última de acuerdo a los valores y tramos vigentes, cuyos límites se ajustarán igualmente.

Protección frente a la inflación

Para resguardar el poder adquisitivo, respecto de una Canasta Básica de Alimentos, se implementarán las siguientes medidas:

  1. Establecer un observatorio del valor al público de la canasta básica de alimentos, el que será implementado por el Servicio Nacional del Consumidor, el que reportará públicamente al Consejo Superior Laboral. En caso de detectarse anomalías en el comportamiento de estos precios, éstas serán informadas a la Fiscalía Nacional Económica o al organismo que corresponda.
  2. Establecer un nuevo beneficio, compensatorio del aumento del valor de la Canasta Básica de Alimentos, que se calculará mensualmente con base en la variación del valor nominal de dicha canasta en los 12 meses previos. Este beneficio se otorgará por causante de Asignación Familiar o SUF y se pagará conjuntamente con éstos entre mayo y diciembre de 2022. El primer pago incluirá excepcionalmente un mes adicional por trabajador con carga.
  3. Para este efecto se considerará la Canasta Básica de Alimentos calculada por el Ministerio de Desarrollo Social.

Promoción del Trabajo Decente

Se enviará al Parlamento un proyecto de ley que flexibiliza los requisitos de ingreso al Seguro de Desempleo de la Ley N° 19.728 e incrementa el monto de sus prestaciones.

Se creará una mesa técnica de trabajo con todos los actores involucrados en la rebaja de la jornada de trabajo a 40 horas, para considerar su diseño y gradualidad.

Durante el año 2023, se enviará al Parlamento un proyecto de ley que modifica las normas sobre el derecho colectivo del trabajo, particularmente en lo referido al ámbito y nivel de la negociación colectiva.

Como forma de avanzar en espacios libres de acoso y violencia de género, incluyendo al mundo laboral, propondremos al Parlamento la ratificación del Convenio 190 de la OIT (C190).

Mario Marcel Cullell
Ministro de Hacienda
Jeannette Jara Román
Ministra del Trabajo y Previsión social
David Acuña Millahueique
Presidente CUT
Eric Campos Bonta
Secretario General CUT
Santiago 25 de abril de 2022

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