Carlos Yáñez, maestro de karate Shotokan con una trayectoria iniciada en 1972, cuestiona el sistema de regulación que durante décadas vinculó las artes marciales con el Ministerio de Defensa y la Dirección General de Movilización Nacional. Mientras el Congreso tramita la derogación de la Ley 18.356, representantes del sector esperan una nueva normativa que permita ordenar y profesionalizar la actividad.
Por décadas, las artes marciales en Chile estuvieron sometidas a un régimen jurídico particular, muy diferente al de otras disciplinas deportivas. Para sus cultores, el debate que hoy se desarrolla en el Congreso representa la posibilidad de cerrar una etapa marcada por controles administrativos y avanzar hacia una regulación vinculada directamente con el ámbito deportivo.
Así lo plantea Carlos Yáñez, maestro de karate Shotokan y uno de los exponentes de mayor trayectoria de esta disciplina en Chile, quien comenzó su camino en las artes marciales en 1972.
Yáñez recuerda que durante años la actividad estuvo regulada por la Ley N° 18.356, que establece normas sobre control de las artes marciales, normativa que entregó al Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), atribuciones de control sobre personas, academias, instructores, representantes, actividades y determinados implementos relacionados con estas disciplinas.
La propia DGMN señala que la Ley 18.356 sometía a control las actividades relacionadas con la enseñanza, práctica y difusión de las artes marciales, además de las personas y establecimientos vinculados a ellas. El sistema contemplaba permisos, renovaciones y diversas actuaciones administrativas.
Un sistema que, según los maestros, terminó siendo excesivamente burocrático
De acuerdo con Yáñez, lo que inicialmente pudo haber sido concebido como un mecanismo de control terminó convirtiéndose, con el paso de los años, en un sistema que imponía numerosas obligaciones y costos a profesores, alumnos, academias y organizadores de eventos.
El maestro sostiene que llegó a existir una cantidad importante de trámites y pagos asociados a distintas actividades, situación que —a su juicio— terminó desincentivando el desarrollo de las artes marciales.
Yáñez pone como ejemplo la realización de competencias internacionales, donde la presencia de participantes extranjeros implicaba la necesidad de gestionar permisos especiales. También recuerda las autorizaciones vinculadas a seminarios, campeonatos y otras actividades.
El punto no es menor. Las propias tablas oficiales de tasas muestran que el sistema contemplaba, entre otros conceptos, permisos para seminarios, capacitaciones, competencias, campeonatos y exhibiciones, además de permisos para extranjeros transeúntes. En la tabla correspondiente a 2025, por ejemplo, aparecía un cobro específico de $22.360 por determinados eventos de carácter regional, nacional e internacional y de $6.440 por permisos para extranjeros transeúntes.
Para Yáñez, este modelo terminó alejándose de la realidad de una actividad que, en su opinión, debía ser entendida principalmente como deporte, formación y disciplina.
El origen histórico del debate
La discusión tiene también un componente histórico.
La Ley 18.356 nació en un contexto completamente distinto al actual y estableció un sistema de control estatal de las artes marciales bajo la órbita del Ministerio de Defensa. Con el paso del tiempo, distintas disciplinas fueron cambiando su relación con este régimen.
Un antecedente fundamental se produjo en 2003, cuando una modificación legal estableció que disciplinas como boxeo, esgrima, judo, lucha, karate, taekwondo y kendo fueran consideradas deportes y quedaran sometidas a las normas de la Ley N° 19.712, Ley del Deporte, para su ejercicio, fomento, protección y control. La propia DGMN reconoce actualmente esta diferenciación en su información oficial.
Ese cambio generó una situación particular: mientras algunas disciplinas pasaron al ámbito deportivo, otras continuaron bajo el régimen de la Ley 18.356.
Para los representantes del sector, esa dualidad terminó generando un sistema fragmentado que hoy se busca superar.
El Congreso debate un nuevo escenario
La discusión llegó al Parlamento a través de proyectos que buscan derogar la Ley N° 18.356, derogar la Ley N° 18.039 e incorporar el concepto de artes marciales a la Ley N° 19.712, del Deporte.

La iniciativa corresponde a los boletines N° 15.767-29 y N° 16.248-29, que fueron refundidos durante su tramitación. La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto y posteriormente pasó al Senado. En junio de 2026, la Sala del Senado aprobó la idea de legislar y estableció un plazo para presentar indicaciones.
El propio Senado explicó que el objetivo de la iniciativa es equiparar la normativa aplicable a la enseñanza, práctica y difusión de las diferentes clases de artes marciales, considerando que actualmente algunas disciplinas son tratadas como deportes mientras otras permanecen sometidas a un régimen de autorización y fiscalización de la DGMN.
Sin embargo, existe una precisión jurídica importante: la Ley 18.356 aún no puede considerarse derogada a la fecha de esta publicación. La información legislativa oficial disponible al 30 de agosto de 2026 mantiene el proyecto en estado de tramitación.
De hecho, durante 2026 continuaron vigentes actuaciones administrativas vinculadas a la normativa. En marzo se publicó el decreto que fijó las tasas de derechos correspondientes a la Ley 18.356 para ese año, mientras que en abril la DGMN publicó una resolución relativa a la renovación de representantes de disciplinas y estilos.
La preocupación por los grados y títulos
Otro de los aspectos que preocupa a los maestros es la certificación de los grados y títulos dentro de las artes marciales.
Yáñez sostiene que, con el paso del tiempo, se produjo un fenómeno que considera necesario abordar: personas que se autootorgarían grados o cinturones sin necesariamente contar con una trayectoria reconocida por las organizaciones correspondientes.
La normativa vigente ya contempla mecanismos de acreditación. Por ejemplo, la DGMN establece entre los requisitos para representantes de disciplinas o estilos acreditar un título que demuestre competencia fidedigna y, en determinados casos, contar al menos con el grado de cinturón negro 4° Dan, además de otros antecedentes.
El desafío para la nueva regulación será, precisamente, encontrar un equilibrio entre reconocer la trayectoria y legitimidad técnica de los maestros y, al mismo tiempo, evitar que una eventual apertura del sistema termine facilitando la aparición de instructores sin preparación suficiente.
Hacia una regulación deportiva
En ese escenario aparece la propuesta de avanzar hacia una regulación dentro del ámbito deportivo.
Yáñez señala que actualmente se está conformando una Confederación de Artes Marciales de Combate, organización en la que participa como director y como representante de la Región, y que busca aportar al proceso de elaboración del nuevo marco regulatorio.
La intención, según explica, es que quienes poseen una trayectoria reconocida puedan contribuir a establecer criterios claros para la actividad: formación de instructores, reconocimiento de grados y títulos, funcionamiento de academias, organización de competencias y protección de quienes practican estas disciplinas.
La discusión, por lo tanto, no se reduce solamente a eliminar permisos o cobros. El verdadero desafío será construir un sistema que permita regular sin burocratizar, fiscalizar sin obstaculizar y, especialmente, proteger a niños, jóvenes y adultos que practican artes marciales en academias y clubes de todo el país.
La propia DGMN ha señalado que el propósito histórico de la regulación era evitar que personas no idóneas o psicológicamente no aptas impartieran técnicas que pudieran implicar riesgos para la seguridad de las personas, particularmente menores de edad.
Una etapa que podría llegar a su fin
Para Carlos Yáñez, la discusión actual representa el cierre de un ciclo que comenzó hace décadas.
Las artes marciales chilenas han cambiado. Hoy forman parte de competencias nacionales e internacionales, cuentan con federaciones, clubes, academias y deportistas de alto rendimiento, y tienen una presencia importante en programas de formación física y desarrollo personal.
El debate legislativo busca precisamente adecuar el marco jurídico a esa realidad.
La eventual derogación de la Ley 18.356 y la incorporación de las artes marciales al ámbito de la Ley del Deporte podrían significar un cambio histórico: pasar desde un modelo construido principalmente desde la lógica del control y la fiscalización asociada a Defensa, hacia un sistema deportivo que mantenga estándares de seguridad, idoneidad y reconocimiento de títulos.
Para los maestros, ahora comienza una nueva etapa.
Y para el Estado, el desafío será conseguir que esa transición no signifique ausencia de regulación, sino una regulación moderna, transparente y acorde con la realidad de las artes marciales del Chile actual.




