Una jornada informativa y de capacitación realizó la seremi del Trabajo y Previsión Social, Doris Rodríguez, junto a la profesional de la Unidad de Educación Previsional de la Subsecretaría de Previsión Social, Ana María Fuentealba, sobre la Ley N° 19.404 que habla sobre Trabajo Pesado.
La seremi Doris Rodríguez señaló que “el gobierno del presidente Gabriel Boric tiene como una de sus principales tareas impulsar el trabajo decente y velar que las condiciones laborales respeten los derechos y salud de las y los trabajadores. Y dentro de ese marco también se encuentra reconocer que hay trabajos que se enmarcan en esta ley 19.404 y cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico en quienes las realizan, provocando un envejecimiento precoz, aun cuando no generen una enfermedad laboral y que permite rebajar la edad legal de retiro para esas personas”.
Para acceder al beneficio, tanto la persona como su empleador o empleadora deben realizar una cotización adicional en la cuenta de capitalización individual del trabajador o trabajadora para compensar el menor ahorro, de acuerdo con lo que dictamine la Comisión Ergonómica Nacional (CEN).
¿Qué permite la calificación de trabajo pesado?
- Las fracciones de períodos de 5 años cotizados darán derecho a una rebaja proporcional.
- Para acceder al beneficio, se requiere que al tiempo de pensionarse se registren 20 años de cotizaciones en cualquier régimen previsional.
- Sólo se exceptúa su pago cuando el trabajador hace uso de licencia médica.
- Esta obligación es para todos los trabajadores que laboren en un puesto calificado.
- No es una evaluación de la persona que solicita el beneficio, sino que se hace extensivo a todos quienes ejecutan el mismo puesto.
- Esta sobre cotización es un derecho irrenunciable, por lo tanto, se convierte en una obligación indefinida y permanente.
Por su parte, Ana María Fuentealba, profesional de la Subsecretaría de Previsión Social, destacó que “actualmente, existe un formulario digital en línea para ingresar el requerimiento de calificación. Además, existe un instructivo que guía el proceso de llenado del formulario para la calificación de Trabajo Pesado, un formulario para apelar y una opción de consulta del estado de la tramitación (https://ctp.spensiones.cl/)”.
“En caso de no quedar conforme con el Dictamen de la Calificación de Trabajo Pesado que emita la Comisión Ergonómica Nacional, tanto la o el empleador, así como las o los trabajadores afectados, podrán reclamar dentro de 30 días hábiles ante la Comisión de Apelaciones (CA)”, finalizó.
Para más información puede visitar el sitio web https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-propertyvalue-10161.html