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TOP DE RANCAGUA CONDENA A 12 AÑOS DE PRESIDIO A AUTORES DE PORTE ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a David Ignacio Reyes Verdugo y Emanuel Leandro Mena Cortés a la pena única de 12 años de presidio efectivo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, junto con el pago del 50% de las costas, en calidad de autores de los delitos consumados de porte ilegal de arma de fuego y el porte ilegal de municiones. Ilícitos perpetrados en mayo del año pasado en la comuna.

En fallo unánime (causa rol 445-2026), el tribunal -integrado por las magistradas Carolina Garrido (presidenta), Paola González y Marcela Paredes (redactora)-, además, sentenció a Reyes Verdugo y Mena Cortés a tres penas de 61 días de presidio, la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y el pago de una multa de 5 UTM, en calidad de autores de receptación de tres armas de fuego.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, decretó el comiso de un celular, la entrega de las armas a sus propietarios y la destrucción del arma prohibida decomisada.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 11 de mayo de 2025, cerca de las 2:20 de la mañana, “cuando se efectuaba un control de tránsito aleatorio en calle Río Loco, funcionarios de Carabineros avistaron un auto color rojo, marca Nissan que al verlo emprendió su huida por lo cual dieron persecución, el que fue sorprendido en calle 1°de Mayo, lugar en donde cuatro de sus ocupantes se dieron a la fuga”.

Prosigue: “Uno de ellos fue sorprendido en el mismo lugar, correspondiendo al acusado Reyes Cortés, donde al interior del automóvil y a simple vista se hallaron tres armas de fuego: una pistola marca Glock, modelo 23 con Calibre para 40 mm, tenía número de serie BVZA696 color negro, que mantenía su cargador con 23 tiros de 40 mm; una pistola marca Astra modelo 357, calibre .357 serie R179526, una subametralladora, sin marca, sin modelo, sin número de serie, color negro, mantenía un metal en la parte superior correspondiente a un silenciador; el cargador mantenía 37 tiros de 38 mm; así mismo se mantenía una pistola marca Glock, modelo 17, calibre 9 mm color negro éste mantenía número de serie BHZY477, tenía dos cargadores con 42 tiros de 9 mm concordantes con esta pistola”.

“Posteriormente -prosigue- es detenido uno de los individuos que se dio a la fuga en calle San Martín luego de ser observado en los techos de un inmueble, encontrándose en un domicilio por donde los sujetos huyeron un celular y una pistola marca Sig Sauer modelo P225, calibre 9 mm, mantenía número de serie M453164 de color negro con respectivo cargador, ésta mantenía ocho tiros en su interior de 9 mm”.

La sentencia añade que “se acreditó fuera de toda duda razonable que ambos acusados se encontraban en el interior del auto, donde Reyes Verdugo fue detenido en el mismo móvil y posteriormente en las cercanías y cuando huía del lugar fue aprendido Mena Cortés, cabiéndoles participación en calidad de autores directos e inmediatos en los términos del artículo 15N°1 del Código Penal, pues claramente en atención a la forma en que se encontraban cada una de las armas convencionales, subametralladora y municiones es que ambos tenían conocimientos de todas estas”.

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